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Ayudas para contratar a parados de larga duración

Pagará, como máximo, en 5.000 euros por contrato realizado y se canalizará a través de ONGs. 
 
plaza-mayorLos contratos se firmarán por organizaciones sin ánimo de lucro./GUDiario.

 El Ayuntamiento de Guadalajara ha convocado una nueva orden de ayudas dirigida al fomento del empleo local para personas desempleadas, empadronadas en Guadalajara, que se encuentren en situación de emergencia social o en riesgo de estarlo a consecuencia de una situación de desempleo prolongado. Una convocatoria dirigida y canalizada por entidades sin ánimo de lucro que podrán emplear a estas personas o ejercer el papel de intermediario en la búsqueda de estos empleos con fines sociales.

La convocatoria, por importe de 120.000 euros, salió publicada ayer en el Boletín Oficial de la Provincia, y desde hoy se abre un plazo de diez días hábiles para presentar solicitud.

La cuantía de la subvenciones se ha estipulado en 5.000 euros como máximo por cada contrato realizado a tiempo completo, o lo que corresponda proporcionalmente a la jornada parcial en función del número de horas, sin que pueda ésta ser inferior al 50%. E Igualmente, se concederán un máximo de 1.000 euros por entidad colaboradora por los gastos de gestión.

El Ayuntamiento ha incrementado la cuantía máxima de la subvención a percibir por cada contratación respecto a ediciones anteriores, de 3.000 a 5.000 euros.

A través de entidades sin ánimo de lucro

Podrán ser beneficiarias de esta línea las entidades sin ánimo de lucro que tengan suscrito un acuerdo de colaboración con el Consistorio en materia de promoción del empleo de personas en situación de vulnerabilidad, antes de la publicación de estas ayudas, y que acrediten experiencia en la realización de acciones que vayan dirigidas al acompañamiento de las personas desempleadas en procesos de inserción laboral.

Serán subvencionables, por tanto, los contratos realizados directamente por las organizaciones no gubernamentales que resulten beneficiarias, y que podrán contratar directamente; así como los contratos laborales realizados por terceras empresas a través de estas entidades colaboradoras, que actuarán como intermediarias.

Las personas cuyos contratos sean susceptibles de ser subvencionados deberán encontrarse en alguna de estas situaciones:
– Parados de larga duración
– Mayores de 45 años
– Personas con discapacidad
– Jóvenes sin cualificación profesional
– Personas que hayan perdido su empleo en los últimos cuatro años.
– Personas sin hogar o en riesgo de perderlo
– Mujeres víctimas de violencia de género
– Personas cuyas rentas familiares no alcancen dos veces el IPREM.

 

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