Condenado a cinco años de cárcel el ex alcalde de Fontanar

Por los delitos continuados de malversación y falsedad en documento oficial. Otros tres procesados han sido absueltos

Víctor San Vidal/ Foto Archivo

La Audiencia Provincial de Guadalajara ha condenado al exalcalde de Fontanar, Víctor San Vidal, a cinco años de prisión por un delito continuado de malversación de caudales públicos y un delito continuado de falsedad en documento oficial cometido por autoridad o funcionario público.

Además deberá pagar una multa de 3.600 euros e indemnizar al ayuntamiento de Fontanar con 5.413,25 euros. También ha sido condenado a cinco años de inhabilitación para empleo o cargo público. Sin embargo se le absuelve del delito de administración desleal al entender la Audiencia que ya está incluido en el delito de malversación. La fiscalía pedía una pena de diez años de prisión y 13 de inhabilitación.

Respecto al delito de malversación, el tribunal provincial estima acreditado que el exalcalde de Fontanar, durante su mandato, y más concretamente durante los años 2017 y 2018, se apropió de manera indebida de cantidades por valor cercano a los 5.500 euros provenientes del patrimonio público, entre esas cantidades se encontraba dinero correspondiente a las aportaciones voluntarias de los vecinos de la localidad para gastos de las fiestas patronales, beneficios obtenidos por comidas populares y cantidades recaudadas en el servicio del polideportivo de la localidad.

La sentencia considera también que, el ahora condenado, manipuló pagos endosados relativos a facturas de comidas del campamento de verano de Fontanar, aparentando adelantar personalmente el gasto de este servicio y solicitando el reintegro con cargo a las cuentas del ayuntamiento.

Según la resolución, todas estas conductas se hicieron en su condición de autoridad pública, accediendo a dichos importes directamente o cambiando la gestión de la recaudación de las cantidades, “pasando a ser recogida por el Concejal competente o por el propio Alcalde, quien decidía la parte que se ingresaba en la cuenta del Ayuntamiento de dicha recaudación, de tal manera que no se ingresada la cantidad íntegra correspondiente a la prestación de dicho servicio, que se mantenía a su disposición”.

Un curso que nunca se hizo

Además, la Audiencia de Guadalajara ve probada la autoría del exalcalde en un delito de falsedad documental, al simular documentalmente que se había realizado un curso de herrería promovido por el Ayuntamiento de Fontanar para obtener una subvención pública de la Diputación. Curso de herrería, dice la sentencia, que nunca se realizó aunque se acreditó, incluso, con un listado de participantes; participantes que ni siquiera sabían, según declararon en el tribunal, que el curso existía.

Relacionado con este tema la Audiencia ha condenado también a A.V.R., director y docente de cursos de formación, por un delito de falsedad documental y cooperador necesario del delito de malversación. Para esta persona se establece una pena de dos años y seis meses de prisión y siete años de inhabilitación para cargo o empleo público. Según la sentencia, A.V.R. emitió una factura correspondiente a docencia en aquel curso de herrería que nunca se impartió. Conducta que tuvo como único fin el cobro indebido del montante total de la ayuda pública recibida por el ayuntamiento.

Absuelto de prevaricación y fraude

La sentencia absuelve al exalcalde de Fontanar de los delitos de prevaricación y fraude, al no haberse constatado irregularidades en el nombramiento de M.C.J como Jefe de Protección Civil de Fontanar (y procesado en la causa), o en la contratación por parte del ayuntamiento de la madre de este último, también inmersa en el procedimiento judicial.

Imagen del año 2019 cuando el entonces alcalde fue detenido tras un registro realizado por la Guardia Civil en el ayuntamiento/ Archivo

Para estas dos personas, M.C.J y M.A.J.B., la sentencia de la Audiencia Provincial de Guadalajara es absolutoria.

La resolución del tribunal provincial absuelve también a A.M.C.C., que ejerció como Secretaria-Interventora del Ayuntamiento de Fontanar durante el mandato del exalcalde.

La sentencia no es firme y cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

Denuncia de dos trabajadoras

Este tema se originó años atrás tras la denuncia realizada por dos trabajadoras del ayuntamiento de Fontanar que presentaron una denuncia por irregularidades en la contabilidad del Consistorio. Dicha denuncia provocó una investigación que desembocó el 18 de julio de 2019 con el registro del ayuntamiento de Fontanar por parte de la Guardia Civil y la detención del entonces alcalde, Víctor San Vidal, junto a otras personas.

Ya tenía una condena anterior

No es la primera vez que Víctor San Vidal se sienta en el banquillo de los acusados. Ya lo hizo en noviembre de 2022 tras ser acusado de delitos de malversación de caudales públicos y de prevaricación administrativa por la urbanización del sector 4 del municipio. Un juicio en el que se le absolvió de todos los cargos al considerar que no se habían presentado pruebas que demostrasen que había tomado decisiones injustas a sabiendas por lo que se hizo valer su presunción de inocencia.

Por otro lado a principios de enero de 2025 fue condenado, por el juzgado de instrucción número 4 de Guadalajara por un caso de acoso laboral por insultar a una trabajadora municipal con expresiones como "retrasada mental o inútil". Un episodio que le llevó a presentar la dimisión como alcalde del municipio.

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